Estatutos

Asociación de la Costa Italiana

1. Nombre, forma jurídica: La Association Italiani de la Côte es una asociación organizada de conformidad con los artículos 60 y siguientes del Código Civil suizo. Tiene vocación de no lucro y de interés público.


2. Sede: La Asociación tiene su sede en Nyon. Su actividad se extiende a la costa del Valais.


3. Duración: Su duración es ilimitada.


4. Objetivos: La asociación Italiani de la côte tiene como objetivo en particular: - promover encuentros entre personas - valorizar los conocimientos, las competencias y la experiencia de cada persona - debatir temas relacionados con la migración - difundir información del Consulado a los compatriotas - organizar diversos proyectos y eventos - prestar asistencia a personas en dificultad

Para lograrlo, la Asociación: - Organiza reuniones periódicas, abiertas a todas las personas - Brinda apoyo a la vida social regional en todas sus formas - Une fuerzas con cualquier otra organización, asociación u otra que tenga objetivos similares


5. Socios: Podrá ser socio de la Asociación cualquier persona física o jurídica que acepte estos estatutos, previa admisión por la Asamblea General (en adelante AGA). La afiliación se realiza oralmente o por escrito. Los miembros de la Asociación no son personalmente responsables de los compromisos financieros asumidos por la Asociación.


6. Recursos: Todos los miembros de la Asociación están obligados a abonar una suscripción anual. Los recursos de la asociación provienen de las cuotas de los socios, los beneficios obtenidos en eventos, subvenciones y otros ingresos diversos.


7. Admisión y exclusión: La admisión y exclusión de un miembro de la Asociación es responsabilidad del comité. Se pueden presentar recursos ante el Procurador General.


8. Renuncia: Todo socio que desee renunciar a la Asociación deberá hacerlo por escrito con al menos un mes de antelación.


9. Órganos: Los órganos de la Asociación son: - la Asamblea General - el comité - los auditores


10. Asamblea General:

10.1 La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación y se constituye por la reunión de todos los asociados presentes. Las personas jurídicas podrán ser representadas por uno de sus socios.


10.2 Se convocará con al menos 10 días de antelación y por escrito. Se reúne en sesión ordinaria una vez al año. Se reúne en sesión extraordinaria siempre que el comité lo considere necesario o cuando lo solicite 1/5 de sus miembros.


10.3 Votación: Las decisiones de la Asamblea General se toman por mayoría simple de sus miembros presentes, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 12 de estos estatutos. El Presidente sólo vota en caso de empate. La votación se realizará normalmente a mano alzada, a menos que 1/10 de los miembros presentes solicite una votación secreta.


10.4 Responsabilidades: - determinación de las acciones a seguir para alcanzar el objetivo establecido en el artículo 4 de estos estatutos; - elección del comité, elección del presidente del comité; - elección de 2 auditores que no pueden ser miembros del comité; - discusión y votación del informe de actividades; - discusión y votación del informe del tesorero; - discusión y votación del informe de los auditores; - cambios a los estatutos; - fijación del monto de las contribuciones; - apelaciones sobre la membresía y exclusión de miembros.


10.5 Las Asambleas Generales se harán constar en actas.


11. El comité:

11.1 El Comité es el órgano ejecutivo de la Asociación. Es elegido por un año. Está integrado por al menos 5 miembros, a saber: el presidente, el tesorero, el secretario y los demás vocales. Los cargos de presidente, secretario y tesorero no son acumulables. El comité podrá designar una oficina para preparar las decisiones que se han de adoptar.


11.2 El comité se reunirá con la frecuencia que sea necesaria para asegurar el buen funcionamiento de la Asociación. - ejecuta las decisiones de la Asamblea General Anual; - convoca las Asambleas Generales Anuales y fija el orden del día; - representa a la Asociación, normalmente a través del presidente; - resuelve las controversias que puedan surgir entre los miembros de la Asociación; - las decisiones normalmente se toman por consenso; Si es necesaria una votación, la decisión deberá tomarse por mayoría simple de los miembros presentes.


11.3 Revisión de los estatutos La revisión total o parcial de estos estatutos podrá tener lugar en cualquier momento por iniciativa del comité o a petición de 1/5 de los miembros. Sin embargo, sólo podrá decidirse si está incluido en el orden del día de una asamblea general y sólo será válido si es aceptado por 2/3 de los miembros presentes.


12. Disolución: La disolución será pronunciada por la Asamblea General por mayoría de 2/3. En caso de disolución, los bienes se abonarán a la organización que más se acerque al fin a que se refiere el artículo 4 de estos estatutos.


13. General: Todo lo que no surja de estos estatutos se rige por el Código Civil Suizo en su capítulo II, artículos 60 a 79.

Estatutos aprobados por la Asamblea General